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Soy autónomo, ¿Qué debo saber antes del 1 de enero sobre el nuevo sistema de cotización?

persona trabajando

El próximo 1 de enero entra en vigor el nuevo sistema de cotización de autónomos que desplegará progresivamente

Publicado por AdmonVlc
miércoles, 28 de diciembre de 2022 a las 09:14

El próximo 1 de enero entra en vigor el nuevo sistema de cotización de autónomos que desplegará progresivamente (durante 3 años) un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como muy tarde en nueve años.

Si aún tienes algunas dudas sobre lo que debes saber antes de su entrada en vigor, aquí te lo contamos.

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha puesto en marcha un simulador informativo para que los trabajadores autónomos calculen la cuota que les puede corresponder con el nuevo sistema de cotización por rendimientos netos que entra en funcionamiento en enero de 2023.

Se puede acceder a esta calculadora a través del portal Importass, en el área pública, dónde también hay información sobre el nuevo sistema, las claves sobre cómo calcular los rendimientos y los pasos a seguir en los próximos meses.

Si a 1 de enero de 2023 ya estuvieras dado de alta como trabajador autónomo, tendrás que comunicar tus rendimientos antes del 31 de octubre de 2023 a través del servicio “Modificación de datos de trabajo autónomo” de Importass.

Si a lo largo del año 2023 prevés una variación de los rendimientos netos, podrás seleccionar cada dos meses una nueva base de cotización y, por tanto, una nueva cuota adaptada a los mismos con un máximo de seis cambios al año. Esta modificación será efectiva en las siguientes fechas:

  • 1 de marzo de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
  • 1 de mayo de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año 2024, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

Puedes encontrar más información sobre el nuevo sistema AQUÍ

Fuente original del contenido:

La revista de la Seguridad Social  
https://revista.seg-social.es/-/20221220-info-autonomos  

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