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20 deducciones a las que se puede acoger un autónomo

3,2 millones de autónomos españoles se han visto afectados por la situación sanitaria en términos económicos

Publicado por AdmonVlc
lunes, 17 de mayo de 2021 a las 11:09

3,2 millones de autónomos españoles se han visto afectados por la situación sanitaria en términos económicos. De hecho, 1,5 millones de ellos han tenido que depender de las ayudas de las administraciones públicas para continuar su actividad.

20 deducciones a las que se puede acoger un autónomo:

  1. Gastos de alquiler: se pueden deducir siempre y cuando el contrato esté a tu nombre y se haya informado a Hacienda previamente a través del modelo 036.
  2. Gastos por suministros (luz, agua, calefacción): En el caso de tener un local alquilado específicamente para el desarrollo de la actividad profesional.
  3. IBI, tasa de basura y comunidad de propietarios: Esta situación es similar a la del alquiler, es un gasto deducible del IRPF con los mismos límites. 
  4. Teléfono e Internet: Tanto el teléfono fijo como la conexión a internet instalada en la oficina o local comercial.
  5. Materiales y materias primas.
  6. Compra y reparación de bienes de inversión (valor > 3.000 eur): Tanto las compras como las reparaciones de los bienes de inversión para la realización de la actividad.
  7. Amortizaciones.
  8. Gastos de marketing y publicidad: Siempre y cuando el autónomo cuente con la factura de  todo lo que invierta en marketing y publicidad para que su negocio crezca.
  9. Gastos de atención a clientes y proveedores: Se consideran los gastos de merchandising y regalos que se entregan en nombre del negocio.
  10. Creación y mantenimiento de páginas web.
  11. Gastos de asesoría y contabilidad: En los que haya incurrido el trabajador por cuenta propia. 
  12. Gastos de otros profesionales: Los gastos procedentes de la contratación de otros profesionales como abogados, economistas, agentes comerciales o mediadores independientes.
  13. Gastos financieros: Los gastos de comisiones de tarjetas, cuentas o transferencias, o los intereses generados por préstamos y créditos.
  14. Cuota de autónomos a la Seguridad Social.
  15. Gastos derivados de tener otros trabajadores: Desde las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del autónomo o empresa, hasta las pagas extraordinarias y retribuciones flexibles, gastos por indemnizaciones, seguros y los gastos de formación, dietas o desplazamientos .
  16. Dietas: Los gastos en concepto de dietas incluyen las consumiciones realizadas en hoteles, bares, restaurantes y estaciones de servicio.
  17. Desplazamientos y viajes (taxi, bus, avión, tren, barco…):desplazamientos independientemente del medio de transporte, que se pueda demostrar fehacientemente que se realizan para la realización de la actividad económica.
  18. Vehículos y combustible: cuando el vehículo se usa exclusivamente para la actividad profesional.
  19. Herramientas online: como puede ser una plataforma de mantenimiento de páginas web o un software de facturación. 
  20. Seguros: Todos los seguros que estén relacionados con la actividad profesional.

Fuente original del contenido:

Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa, CEPYME  
https://cepymenews.es/deducciones-autonomo  

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