Requisitos de los beneficiarios
Publicado por mcarmen
lunes, 14 de octubre de 2013
1. Ser empresa innovadora. A los efectos del presente acuerdo se consideran empresas innovadoras aquellas que desarrollen proyectos o actividades cuyo resultado suponga un avance en la obtención de nuevos productos, procesos, gestión, comercialización, servicios o la mejora sustancial de los ya existentes.
2. Ser microempresa y/o PYME con forma societaria, conforme a la definición recogida en el anexo I del Reglamento de la Comisión Europea ¡o 880/2008, de 6 de agosto.
3. Empresa con sede y/o actividad principal en la Comunitat Valenciana, que desarrolle actividades productivas y de servicios, a excepción de las relacionadas con los sectores financiero e inmobiliario.
4. Empresa constituida como máximo, en los cinco años anteriores a la presentación de la solicitud.
14/10/2013 14:48 | mcarmen